jueves, 7 de agosto de 2014

PARA ENTENDER QUÉ OCURRE CON LA DEUDA EXTERNA ARGENTINA



Un juzgado de 1º Instancia de Nueva York deja en un limbo jurídico el asunto de la deuda externa argentina, al favorecer a un fondo de inversión especulativo. Aquí algunas claves para seguir el enredado tema, en el que el país pagó pero los acreedores no cobraron.


¿Argentina puede pagar o no puede pagar su deuda? 


Desde el año 2003 (un año después de haber declarado la quiebra) Argentina ha venido pagando todos sus compromisos internacionales. Desde esa fecha hasta ahora se han pagado algo así como 190.000 millones de dólares. Acaba de cancelar la primera parte de su deuda con el Club de París. Y ha depositado en los bancos encargados de pago el monto correspondiente a los bonos de la deuda que ahora se menciona como impaga. 



¿Por qué los tenedores de la deuda Argentina no pueden cobrar?


Es falso que no cobren por impago de Argentina. No cobran por una resolución de un juzgado de 1º instancia de la ciudad de Nueva York (a cargo de Thomas Griesa) que impide que los bonistas cobren su dinero hasta tanto Argentina y un grupo de fondos especulativos financieros se pongan de acuerdo. La resolución judicial se ha impuesto sobre la legislación argentina, europea y sobre los contratos comerciales establecidos según la legislación internacional. 


¿Puede un juez de Primera Instancia intervenir y ser una instancia superior a la legislación internacional?


En cualquier país del reconocido como “mundo occidental”, la acción de Griesa sería inválida por dictar sentencia sobre un ámbito que no es de su competencia. Por ejemplo: no le puede imponer a la banca europea que no cumpla con su obligación de pagarle a los bonistas el dinero que ya depositó Argentina. Y no puede imponerle a la banca extranjera radicada en Argentina que ha contraído obligaciones con los bonistas de acuerdo a la legislación Argentina, que no les pague. Un ejemplo de esto último es la imposibilidad de Repsol de cobrar parte de sus bonos. Un dinero que Argentina depositó en el Citibank y que Griesa bloqueó en un primer momento y luego autorizó el pago. Esto que explicó, está ampliamente comentado en las páginas de opinión editorial de las últimas ediciones del New York Time. 


¿Ese dinero que depositó Argentina en la banca internacional para afrontar el pago a los bonistas puede ser embargado o sustraído para favorecer el pago a los fondos especulativos?


Los fondos ahora mismo no se pueden tocar porque jurídicamente pertenecen a los bonistas. No se hacen efectivos porque la banca pagadora es temerosa de las sanciones posibles o probables que le puedan imponer la justicia de Nueva York. Y no se pueden tocar, porque los bonistas no son parte del juicio. La situación tiene algo de ridículo, porque los bonistas son damnificados en una causa judicial en la que no participan ni pueden personarse como parte interesada. 


¿Qué pueden hacer los bonistas para cobrar sus bonos?


Ahora se da una situación particular o nada común. Si demandan a Argentina por impago, la causa no prosperará porque Argentina depositó el dinero en tiempo y forma en la entidad que ambas partes acordaron como banca pagadora. Si demandan a la banca pagadora por incumplir el compromiso asumido, tal vez tendrían alguna probabilidad de ganar. Pero la conducta de la justicia neoyorkina en todo este proceso hace difícil prever cuál sería la acción que tomaría.  


¿Por qué Argentina no quiere cumplir el fallo del Juzgado de Primer Instancia de Nueva York? 
(No perdamos la perspectiva del rango del juzgado. Es importante para entender el despropósito)


Porque cumplirlo significa desarmar toda la ingeniería financiera que organizó el pago de la quiebra del país en 2002. Desarmar esa ingeniería y aceptar la resolución judicial significa multiplicar por 4 el monto total de la deuda. 


¿Por qué se produce ese aumento?


Porque en la reestructuración de la deuda se produjo una quita en el monto, entendiendo que muchos de esos bonos habían sido adquiridos casi sin valor por ser papeles impagos. De todos modos, en cualquier país de nuestro entorno, cada vez que se reorganiza el pago de una deuda se producen algunas quitas, tanto sea en el ámbito privado como público. Por ejemplo: en la primera reestructuración de deuda del diario El País de Madrid, se produjo una quita del 23 %. Y en la segunda reestructuración que se produce en estos días, la reducción será de un 27%. Ese proceso, normal en situaciones de quiebra o dificultad financiera y voluntad de pago por el deudor, es lo que hizo Argentina. Romper el acuerdo al que accedieron el 92.4 % de los tenedores de deuda argentina significa volver a un valor ficticio de los bonos. 


¿Cuántos son y qué reclaman los fondos especulativos que litigaron y ganaron el juicio en Nueva York?


Hay un 6,6 % de tenedores de bonos que no entraron en la reestructuración de la deuda, pero los litigantes en este caso son apenas el 1% de los propietarios de bonos. Esos bonos fueron adquiridos en el mercado como “bonos basura” (sin valor financiero) hace unos 6 años. La resolución judicial, al exigir el pago nominal con los intereses de mora, significa que el Fondo de Inversión ganará un 1.600 % en ese período. Argentina les ofreció ingresar el sistema de canje de deuda que les garantiza un 300% de beneficios como rendimiento en ese período. Como puede verse, el rendimiento es impresionante, tanto en el primer caso como en el segundo, según  las cifras del mercado internacional actual.  


UNA NOTA AL PIE en toda esta maraña jurídica y financiera: Según el derecho internacional un acuerdo entre partes no puede afectar a terceros. El fallo judicial neoyorkino deja como principales damnificados a los tenedores de bonos de la deuda externa argentina que no son parte en el litigio. 


UNA SUPOSICIÓN. Tal como lo dijera en dos oportunidades en la última semana el diario The New York Time, la confianza sobre el sistema judicial norteamericano está comprometida por los errores procesales y la incongruencia del fallo. La ciudad de Nueva York es el centro mundial de transacciones financieras en bonos soberanos o públicos, así como la City londinense es el centro financiero privado internacional. Ese lugar que detenta Nueva York ahora es puesto en duda por todos los países emergentes.

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